Transiciones: Nuevas reglas electorales

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Opinión de Víctor Alejandro Espinoza Valle Investigador de El Colegio de la Frontera Norte de El Colegio de la Frontera Norte

miércoles 16 de julio de 2014

De manera unánime, el pasado 10 de julio fue aprobada la reforma político-electoral en Baja California. Han confluido dos procesos en el tiempo que han dado por resultado una nueva normatividad electoral en la entidad. Por una lado, la decisión de introducir cambios en la legislación estatal por parte de la actual Legislatura (XXI), que tuvo un momento culminante con la convocatoria del Congreso para llevar a cabo una consulta pública el pasado 31 de enero. Por el otro, la aprobación de las leyes secundarias en la materia y que fueron publicadas el 23 de mayo pasado en el Diario Oficial de la Federación, respondiendo a la reforma constitucional de febrero.
El próximo año se llevarán a cabo 18 elecciones locales en México y que coinciden con los comicios para la renovación de la Cámara de Diputados federal. Las legislaturas locales tuvieron hasta el día 9 de julio para adecuar sus normatividades pues el proceso electoral inicia el próximo 7 de octubre. En el caso de Baja California, la próxima elección donde habrán de renovarse las cinco alcaldías y el Congreso, tendrá lugar en un par de años (2016); por lo que se cuenta con un tiempo razonable para instrumentar los cambios y adecuaciones necesarias.
Una particularidad que llama mi atención, es que la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que sustituye al COFIPE, incluye un número importante de señalamientos sobre las normas locales. Se trata de mandatos expresos para los procesos y para los órganos electorales locales. Esto es resultado de que la decisión del Constituyente federal fue acotar las discrecionalidades que se venían dando en las entidades federativas en el terreno político-electoral ya que, se afirmaba, los actores políticos locales manipulaban a los responsables de la organización electoral a su conveniencia. Esta es la razón principal de la transformación del IFE en Instituto Nacional Electoral.
La gran novedad es que se transforman los Institutos Electorales Locales, a través de la designación del Consejo general por parte del INE. Ello después de un riguroso proceso de exámenes de los candidatos. Ya no será el Congreso (y los partidos) quienes los designen. A su vez, los magistrados de los tribunales electorales serán nombrados por el Senado.
La mayoría de los cambios en la legislación local reflejan lo aprobado a nivel federal: por ejemplo se aprueba la reelección tanto de alcaldes como de diputados (hasta por 6 y 12 años). Asimismo se introduce la figura de candidatos independientes y se sube el umbral para conservar el registro de los partidos de 2.5 a 3%. La novedad es que se introduce la concurrencia electoral: el gobernador electo en 2019 sólo lo será por dos años. Tanto alcaldes como diputados también ajustarán sus periodos para que a partir de 2021 queden establecidos los periodos de 3 y 6 años, según el cargo.
En un anuncio inédito se dice que todos los temas pendientes serán tratados en una nueva fase hacia finales del próximo mes. Esperamos que así sea.