Acorde con las modificaciones, adiciones y derogación de diversas disposiciones constitucionales en materia político-electoral, promulgadas el 5 de diciembre de 2013, se introdujeron cambios sustantivos que modificarán los procesos federales y estatales en nuestro país. Se trata de una reforma electoral de “gran calado” que impactará diversos órdenes de la vida pública nacional, iniciando por la sustitución del Instituto Federal Electoral por un Instituto Nacional Electoral (INE). En esta ocasión sólo me detengo en una de sus aristas, la de la designación de autoridades electorales.
El día martes 18 de febrero la Junta de Coordinación Política (JUCOPA) de la Cámara de Diputados, publicó en la Gaceta Parlamentaria la convocatoria para la designación de los 10 nuevos consejeros y el presidente del consejo general del INE. El plazo final para que quede constituido el máximo órgano de dirección es el 16 de abril de este año. Se trata de un proceso complejo sobre el cual escribiré posteriormente, pero que en la fase inicial ha arrancado con la integración de un Comité Técnico de Evaluación compuesto por siete personas designadas tanto por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (2), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (2) y la JUCOPA (3); no sabemos con base en qué criterios se les invitó a formar parte de este comité pero tienen la enorme responsabilidad de integrar 6 listas de candidatos: una para presidente y otras 5 para consejeros generales electorales: en total 55 aspirantes.
Lo que me interesa mencionar es que el nuevo consejo general del INE será el encargado de designar a los consejos generales de los institutos estatales electorales. Se trata de 7 consejeros en cada entidad que venían siendo nombrados por los congresos locales. Estamos ante un cambio sustantivo sin duda; lo mejor será que sea con base en una convocatoria pública donde el criterio que prive para su designación sea la trayectoria y el conocimiento de la materia electoral.
La crítica principal que se hacía al procedimiento aún vigente en los órganos locales era que en las entidades los gobernadores y los partidos políticos designaban a los titulares de los órganos electorales por afinidades políticas, mientras que las capacidades técnicas pasaban a ser un elemento de segundo orden. Hoy, la reforma introduce ese cambio drástico: la designación será por una autoridad nacional, basándose en méritos y no en cuotas partidistas.
Todo estaba bien en el papel, lamentablemente la reforma constitucional contiene el que para mí es un error que no va a poder subsanar la legislación secundaria, porque ésta no puede contravenir la norma constitucional. Se trata de una limitante que no existía con anterioridad. Aparte de señalar que el periodo de desempeño será de siete años sin posibilidad de reelección y que podrán ser removidos por el Consejo General del INE “por las causas graves que establezca la ley”, se señala que: “Los consejeros electorales…no podrán tener otro empleo, cargo o comisión con excepción de los no remunerados en actividades docentes, científicas y culturales, de investigación o de beneficiencia”. Esto significa que prácticamente toda la comunidad académica, científica y cultural queda fuera de la posibilidad de ser considerada para participar en la conformación de los órganos locales, salvo aquellos que lo hagan de manera gratuita. Ahora bien esto podría significar que la remuneración en el consejo general será tal como para ser de dedicación exclusiva. Ello se traduciría en aumentar significativamente los costos de operación de los 32 órganos estatales; un contrasentido si la tendencia es a eficientar su operatividad. Si se trata de profesionalizar y remunerar en consecuencia (estableciendo salarios como los de los consejeros generales del IFE actual o del INE próximo), adelante: el presupuesto de los institutos locales se multiplicaría.
Una palaba en negativo hace la diferencia: remunerados o no remunerados. O a lo mejor se trata de generar puestos de trabajo ante tanto desempleo. Ya veremos que resulta en esta materia.