Transiciones: Dos razones

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Opinión de Víctor Alejandro Espinoza Valle profesor-investigador de El Colegio de la Frontera Norte

miércoles 5 de noviembre de 2014

Todos los caminos conducen a una nueva Constitución Política para México. Por años los especialistas nos han dicho que la nuestra es la Carta Magna más parchada o reformada del mundo (se contabilizan casi 600 reformas a los artículos constitucionales). Son tantos los cambios que se le han hecho en casi un siglo de vigencia que existen contradicciones entre unos y otros artículos y apartados.

He sostenido que México es un país de reformas, la mayoría hechas para que nada o muy poco cambie. El ejemplo, insisto, es nuestra Constitución. Esgrimo simplemente dos razones por las que es necesaria una nueva Carta Magna que permita la transformación institucional que requerimos para saber hacia dónde queremos ir. No es un problema de partido en el gobierno, sino de que el diseño institucional actual está agotado y, al parecer, a punto del colapso.

La primera de las razones es la imposibilidad de transitar a un nuevo régimen político, derivado de nuestro peculiar proceso de transición que careció del acuerdo necesario para ir más allá de la transformación del sistema electoral. La nuestra ha sido una transición de sufragio, pero en la que las principales fuerzas políticas no se plantearon un proceso de consolidación democrática que ha culminado, en otros países, en una institucionalidad contenida en una nueva Constitución. Eso hubiera incluido el desmontaje del sistema autoritario y el paso a una nueva forma de gobierno semi presidencial o parlamentaria. El único asidero institucional democrático ha sido el electoral, desde donde se quieren resolver todos los problemas que nos aquejan y al cual hemos ido abrumando.

Una segunda razón que debería obligar a la demanda de una nueva institucionalidad es sin duda el resultado de las peticiones para hacer realidad la Consulta Popular. Como sabemos, apenas el 10 de febrero del presente año fue reformado el artículo 35 constitucional para incluir la Consulta Popular sobre “temas de trascendencia nacional”. Para instrumentarla se publicó el 14 de marzo en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Consulta Popular. Eso significaría que entre otros convocantes estarían los ciudadanos que lograran reunir el 2 por ciento de firmas del Listado Nominal nacional. Se presentaron cuatro propuestas impulsadas por partidos políticos: PRD y Morena sobre reforma energética; PAN sobre salario mínimo y una más del PRI sobre reducción de representantes plurinominales. Pues bien, la semana pasada y la actual la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que eran improcedentes, basada en lo que establece la Constitución, pues no son materia de consulta: “la restricción de los derechos humanos; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional”, etc. Con una ayudadita de los ministros, prácticamente no hay tema que no se asocie a las restricciones y así la Consulta Popular es letra muerta.

Uno se pregunta por qué, como en el caso del tema energético, no se consulta antes de aprobar las leyes en la materia y sí se decide que deberá serlo a “toro pasado”. Si nos gusta tanto compararnos, en Estados Unidos se puede consultar antes y después de aprobada una ley.

Razones hay muchas para que los mexicanos acordemos darnos una nueva institucionalidad que vaya más allá del cambio de partido en el gobierno. Podríamos concluir parafraseando a Bill Clinton candidato presidencial: “Es la Constitución imbécil”.

-Dr. Víctor Alejandro Espinoza Valle, profesor-investigador del Departamento en Estudios de Administración Pública