Una de las mayores expectativas antes del arranque del proceso electoral 2014-2015, sin duda se centraba en la figura de las candidaturas independientes. Aprobadas mediante reforma constitucional el 9 de agosto de 2012, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, promulgada el 23 de mayo de 2014, introdujo el Libro Séptimo, llamado “De las Candidaturas Independientes”, para normar su puesta en práctica.
Esta figura sin duda es una respuesta a las persistentes críticas ciudadanas hacia los partidos políticos. La brecha entre ciudadanía y sociedad política se ha ensanchado y cuestiona nuestra democracia política. Por eso la figura intermedia entre ciudadanos y partidos parecía materializarse en las candidaturas independientes, las cuales muchos pensaron serían una vía alternativa para enfrentar la crisis de representación que aqueja al sistema político mexicano. Sin embargo, la prueba de fuego parece ser el actual proceso electoral.
Los requisitos establecidos en la normatividad electoral federal para la obtención del registro de las candidaturas fueron muy complicados de cumplir: contaban con sesenta días para recabar el equivalente al 2 por ciento de firmas de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en el que aspiraban a postularse, además de su distribución en la mitad de las secciones electorales. Desde luego que las firmas deberían ampararse con copia de las credenciales vigentes. Todo indica que ese requisito fue muy difícil de superar y al final solo 22 candidatos (20 hombres y 2 mujeres; estas últimas en Guadalupe, Nuevo León y Nuevo Laredo, Tamaulipas), se presentan a la contienda por una curul en la Cámara de Diputados a nivel nacional.
En el estado de Baja California próximamente deberá adecuarse la normatividad electoral. A diferencia de otras entidades, sobre todo donde se han logrado hacer concurrir los procesos electorales, en Baja California aún no se lleva a cabo la adecuación de las normas electorales locales a la reforma federal. En noviembre de 2014 se incluyó la figura en la Constitución Política local en su artículo 5, apartado D. Próximamente deberá emitirse la nueva ley electoral donde se establecerán los requisitos necesarios para alcanzar su registro; veremos si los flexibilizan y se establecen mejores condiciones de competencia; tanto económicos como de difusión de las propuestas. Hasta el momento, las posibilidades de triunfo en la contienda federal son mínimas. Además, se contemplan candidaturas independientes en la disputa por la gubernatura y alcaldías, además de diputaciones de mayoría relativa. Sin embargo, si se introduce la elección de regidores, delegados y síndicos, las posibilidades de candidatos independientes aumentarían. Ya veremos que decide el Congreso local.
En la contienda federal actual, los candidatos independientes podrán jugar un papel crítico en un proceso en el que aparentemente no tienen nada que perder. Aunque sus posibilidades de triunfo parecen remotas, tan complicadas como fue el proceso para llegar a obtener la candidatura formal.
Sería una verdadera sorpresa que alguno(a) de los(as) candidatos(as) llegara al Congreso: al no tener ligas aparentes con ninguna de las bancadas, pudieran mantener una posición realmente independiente y en defensa de los intereses ciudadanos. Pero su triunfo se ve muy lejano: su aporte durante las campañas sería de denuncia frente a los excesos y corruptelas en que se ha visto envuelta la así llamada, despectivamente, “partidocracia”.
– Dr. Víctor Alejandro Espinoza, profesor-investigador del Departamento de Estudios de Administración Pública.