Transiciones: Cambios en la representación política

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Opinión de Víctor Alejandro Espinoza Investigador de El Colegio de la Frontera Norte

jueves 4 de junio de 2020

El viernes 29 de mayo fue aprobada en comisiones la iniciativa que cancela la figura de “diputados de lista” en el Congreso de Baja California. Efectivamente, la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales aprobó el dictamen no. 46, mediante el cual se propone la eliminación de los “diputados de lista” en la entidad. La iniciativa original se había presentado a la Legislatura actual (XXIII) el 12 de septiembre de 2019 por el diputado de Morena, Juan Manuel Molina García.

Algunos medios de comunicación se apresuraron a publicar que el Congreso había eliminado la representación proporcional (RP) en Baja California. Y claro, si ello hubiera sido así, se trataría de un golpe grave al sistema de representación democrático. Pero, por fortuna, eran noticias falsas.

Baja California está dividida políticamente en 17 distritos locales (8 federales). Y tiene un sistema mixto de integración de la Cámara de Diputados: 17 diputados de mayoría y 8 de representación proporcional. Estos últimos se integran por dos vías, 4 resultan de las minorías mejor votadas y 4 a partir de listas confeccionadas por los partidos políticos. Es decir, también hay un sistema mixto para determinar la proporcionalidad en la designación de diputados. En el inciso c, de la fracción 1 del art. 15 de la Constitución Política de la entidad, se establece que la asignación de diputados de RP se hará de la siguiente manera: “Haber obtenido el registro de la lista de cuatro candidatos a Diputados por el principio de representación proporcional. Corresponde a cada partido político o coalición, en su caso, determinar si la primera asignación que le corresponda por este principio, será con base en la lista registrada o por porcentaje de votación válida, especificándolo en el periodo de registro de la lista de candidatos o en su caso, en el convenio de coalición, ante el Instituto Estatal Electoral”. Esta es la fracción que se propone suprimir para que la designación de los ocho diputados de RP se haga a partir de la votación válida emitida. Y sabemos que para obtener una diputación se requiere el 3% de dicha votación.

La pregunta de fondo es si la supresión de los 4 diputados de lista afecta la representación política de las minorías o excluye a determinados partidos minoritarios. La actual composición de la legislatura nos puede dar pistas de cómo se comporta este sistema mixto de asignación. La Ley Electoral del Estado en su art. 24, establece que “Ningún partido político podrá tener más de diecisiete diputados por ambos principios”. La Coalición Juntos Haremos Historia obtuvo, en 2019, 17 escaños: Morena, 13; PT, 2; PVEM, 1 y Transformemos 1. Los 8 diputados de RP fueron para PAN, 4; MC, 1; PBC, 1; PRD, 1 y PRI, 1. De esos 8, los 4 diputados de lista correspondieron: 2 al PAN, 1 al PRI y 1 a MC. 

Esos diputados de partido no fueron votados y llegaron a la diputación porque sus partidos los colocaron en el primer lugar de sus listas. Es una fórmula para que quienes controlan a sus partidos coloquen a representantes partidistas en el Congreso, que a ellos respondan y no a ningún tipo de votantes o a su “constituency” o distrito electoral. Así, la reforma actual busca llevar al Congreso a quienes participen en la contienda electoral y sean votados como mayoría o como “mejores perdedores”. 

Sabemos que hay una amplia corriente de opinión que se ha pronunciado por la desaparición del sistema de RP bajo el argumento de que los diputados de minoría son muy onerosos económicamente. Personalmente estoy en contra. La pregunta sobre la composición y tamaño de los congresos es política y tiene que ver con garantizar la representación política de la diversidad social. Esta iniciativa aprobada en comisiones no pretende disminuir el número de diputados de RP; me parece positiva en la medida que permite llevar al Congreso a quienes participaron en la contienda. Ese es el modelo que tenemos; podemos discutir sus limitaciones o incluso pensar en otro, por ejemplo, el que se basa en la exclusividad de la representación política a través de RP y no de manera combinada con mayorías relativas, como ya sucede en otros países. Pero creo que el cambio a dicho modelo debería ir acompañado de un sistema político semi presidencialista o parlamentario. Pero esa es otra discusión.

Dr. Víctor Alejandro Espinoza

El Colegio de la Frontera Norte