En la columna anterior vimos el procedimiento para la repatriación por vía terrestre de los restos nacionales mexicanos muertos en Estados Unidos. Se trata de un procedimiento complejo y altamente regulado por ambos países, que incluye el cumplimiento de requisitos sanitarios y aduanales, y en el que intervienen diversos actores públicos y privados, como las respectivas agencias aduanales, secretarías de salud y funerarias. Por su complejidad burocrática, el proceso suele prolongarse varios días o, incluso, más de una semana.
Además del traslado del cadáver de forma legal por la frontera terrestre, en las ciudades fronterizas se tiene constancia de traslados ilegales. En ocasiones se realizan con el fin de evitar la demora por los trámites administrativos y para no retrasar el velorio y la sepultura en México; en otras ocasiones, lamentablemente, forman parte de un proceso de ocultamiento de crímenes y de desaparición de víctimas.
Respecto al primer supuesto, dos personas en Matamoros me relataron casos muy similares de traslado irregular. En ambos se trataba del cadáver de personas mayores que, habiéndose trasladado a vivir al Sur de Texas, deseaban ser veladas y sepultadas en Matamoros. Tras su fallecimiento, uno o varios parientes los vistieron, peinaron y maquillaron, y los sentaron en un asiento de un vehículo, como si se hubieran quedado dormidos. Esta acción tiene que ser rápida, sin demorarse, dado que tras la muerte el cuerpo se pone rígido, lo que dificultaría moldear su postura. Una vez colocado en el vehículo, el conductor se dirigió a uno de los puentes internacionales y cruzó, sin problema, a México.
En cuanto al segundo supuesto, los medios de comunicación han dado a conocer casos de víctimas de feminicidio que, tras ser asesinadas en Estados Unidos, cerca de la frontera, los homicidias las trasladaron a México para encubrir el crimen y hacer desaparecer sus cadáveres. En 2025, sin ir más lejos, se informó de dos casos tras descubrirse fortuitamente los cadáveres y realizarse las investigaciones pertinentes. En ambos casos los culpables del asesinato y del traslado de los restos fueron los esposos de las víctimas. Ambos las transportaron en vehículo a través de la frontera terrestre: uno, de Los Ángeles a Tijuana, en el asiento de copiloto; y el otro, de El Paso a Ciudad Juárez, en la cajuela.
Sea cual sea el motivo del traslado, el transporte de restos humanos sin cumplir con las normativas sanitarias y aduanales constituye, en ambos países, un delito. Sin embargo, en ambas situaciones el traslado es posible por una falla de seguridad en el sistema de ingreso terrestre a México, derivada de la aleatoriedad de los controles y de la ausencia de revisión migratoria.
Como bien sabemos los fronterizos, la detención de vehículos y personas en la frontera se realiza de manera aleatoria (cuando toca luz roja), lo cual permite que muchos vehículos y personas pasen sin ser revisados. Es más, la revisión solo es de carácter aduanal (es decir, de las mercancías traídas), pero no de carácter migratorio (la identificación de las personas). Esto facilita, por lo tanto, que un cadáver pase desapercibido al ser traslado en auto, más aún si está arreglado y sentado como si fuera un ocupante más.
Xavier Oliveras González
El Colegio de la Frontera Norte, Dirección de la Unidad Matamoros.
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