Desde la frontera | Singularidades fronterizas mexicanas (11)

Regresar a Columnas de opinión

Opinión de Xavier Oliveras González Investigador de El Colegio de la Frontera Norte

jueves 4 de mayo de 2023

*** Las opiniones expresadas son responsabilidad de quien las emite y no reflejan necesariamente una postura institucional de El Colegio de la Frontera Norte. ***

Por influencia de la cartografía se suele pensar el territorio de los estados-nación –es decir, el espacio físico bajo su soberanía y jurisdicción– como un polígono (dos dimensiones), y sus límites, como líneas (una dimensión). Aunque no es del todo impreciso, en realidad el territorio se asemeja más a un prisma (tres dimensiones), cuyas fronteras son planos verticales (dos dimensiones).

Cuando pensamos el territorio como un polígono lo estamos asociando a la superficie terrestre, donde se concentra la población y las instituciones y la mayor parte de las actividades sociales, económicas y políticas. En cambio, como prisma, al espacio terrestre se le suman el aéreo y el subterráneo, que lo extienden perpendicularmente hacia arriba y hacia abajo; e incluso, en los países costeros, se ensancha al agregar el marítimo.

Para ilustrarlo sirva el caso mexicano, en cuya Constitución (art.27, 42 y 48) se reconoce la volumetría del territorio nacional. Este reconocimiento ha sido paulatino y se ha ido incorporado en las sucesivas reformas constitucionales. Así, mientras que en 1917 solo se hacía referencia a la superficie terrestre y al subsuelo, en 1960 y en 1976 se incorporaron los espacios aéreo y marítimo, y ya más recientemente, en 2013, se amplió lo relativo al subsuelo.

La extensión horizontal del territorio mexicano (o, dicho de otra forma, la base del prisma) lo forman las áreas terrestre y marítima. Los límites de la terrestre son de sobra conocidos: las costas del Golfo de México, del mar Caribe y del Océano Pacífico, y las fronteras con Estados Unidos, Guatemala y Belice. Asimismo, incluye varias islas, arrecifes y cayos, entre las que destacan las islas Revillagigedo y Guadalupe.

Contigua el área terrestre se extiende la marítima, cuya extensión –dice la Constitución– es acorde al Derecho internacional. A este respecto, México ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, según la cual las aguas territoriales se extienden hasta las 200 millas náuticas (370 km) desde la línea de base. Como ya he expuesto en columnas anteriores, para México la delimitación de las aguas territoriales, especialmente en el Golfo de México, fue de suma importancia, pues en 1947 Estados Unidos empezó a explotar los yacimientos petrolíferos del subsuelo marino. Así, en 1978, México y Estados Unidos acordaron los límites de sus respectivas aguas territoriales; y, en el 2000, los límites del “hoyo de dona” situado entre las aguas de ambos.

Por otra parte, la altura del prisma territorial está definida por el espacio aéreo y el subsuelo. Al igual que el marítimo, la Constitución establece que la extensión y límites del aéreo deben ajustarse al Derecho internacional. Así, según el Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 1944, ratificado por México en 1946, el espacio aéreo coincide horizontalmente con el terrestre y el marítimo, pero, ¡ay!, no fija extensión vertical alguna. Al respecto, la SENEAM, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo divide verticalmente, a efectos de control del tráfico, en inferior y en superior; el primero alcanza los 20,000 pies (6.2 km) desde la superficie terrestre o desde el nivel del mar, mientras que el segundo continúa desde allí hacia arriba sin límite.

De forma parecida ocurre con el área subterránea, que horizontalmente coincide con la terrestre y la marítima, pero ni la Constitución ni el Derecho internacional no fijan ningún límite inferior. De hecho, en la Constitución no se establece la soberanía ni la jurisdicción de México en el subsuelo (a diferencia de las demás áreas); solo la propiedad y el dominio de depósitos y yacimientos de determinados minerales, metales, rocas y energéticos (como el petróleo y el gas). Sin embargo, México ha avanzado poco en la delimitación y reparto de los recursos transfronterizos, compartidos con los países vecinos; solo, y escasamente, con relación a los hidrocarburos: en 2012 firmó el acuerdo con Estados Unidos sobre los yacimientos en el golfo de México, y en 2016 inició negociaciones con Belice.

En conclusión, los límites territoriales de México en el plano horizontal están claros, pero en el vertical se extienden, por ahora, indefinidamente hacia arriba y hacia abajo.

Dr. Xavier Oliveras González

El Colegio de la Frontera Norte

Loading