El 1 de mayo de 2019, se promulgó la Nueva Ley Federal del Trabajo (NLFT). La cuál introducía aspectos centrales en cuanto a libertad y democracia sindical; impartición de justicia laboral; regulaciones para prevenir, o solucionar, cualquier discriminación en el trabajo y la regulación de sectores laborales altamente vulnerables como los trabajadores del hogar y los trabajadores del campo. La nueva ley nació con plazos muy estrictos para ser cumplidos, los cuales obedecen más a acuerdos internacionales que a la realidad laboral mexicana. Durante su implementación, la nueva legislación ha dejado muchos cabos sueltos, privilegiando más el cumplimiento formal que sustancial de los aspectos laborales. A principios de octubre, después de 3 años de promulgada, quedó instaurada, al menos de manera discursiva, la maquinaria logística para la implementación de esta NLFT. La construcción de la nueva maquinaria, que descansó en buena parte en financiamiento externo, fue pensada en tres partes, en cada fase un grupo de estados se integraría al nuevo esquema de justicia laboral, al ser dotado de instalaciones adecuadas y personal capacitado para la aplicación de la ley. Paradójicamente, los estados del norte, con una fuerte dinámica laboral fueron los últimos en integrarse. La Secretaría del Trabajo anunció que el 3 de octubre, cuando todos los estados tuvieran las condicionantes necesarias para la aplicación de la NLFT, las juntas de conciliación, locales y federales, serían cerradas, después de casi un siglo de encargarse de los asuntos laborales, dejando en la incertidumbre más de un millón de expedientes sin resolver.
Muchos de los cabos sueltos descansan no solo en la ausencia de una fase de preparación de la infraestructura logística y de personal adecuado para la implementación de esta ley, sino en la ausencia de información que ha caracterizado la implementación de la NLFT. Dado lo anterior, las organizaciones sindicales y los trabajadores están respondiendo por inercia y obligados por la Secretaría del Trabajo, más que convencimiento de que están ante una nueva fase laboral. Por cabos sueltos no solo me refiero a que los procesos están quedando inconclusos, sino que los resultados esperados, de mejoramiento laboral, pueden ser contraproducentes a lo esperado, en el afán de cumplir tiempo sin analizar la dimensión de lo que se está modificado, se pueden estar dando fuertes retrocesos en lugar de avances sustanciales.
Cito algunos ejemplos de lo anterior, relacionados con la libertad y la democracia sindical. Uno de los primeros aspectos fue la solicitud de la modificación de estatutos sindicales, lo que constituye una injerencia gubernamental en la vida interna de los sindicatos, para incluir cláusulas que garantizaran la participación democrática de los trabajadores en la elección de sus líderes y decisiones internas. Los estatutos nacen de la historia sindical no por imposición. Nada garantiza que con la inclusión de cláusulas se sienten las bases para la democracia sindical. Segundo, se incentivó el reconocimiento de sindicatos independientes, facilitando el reconocimiento de nuevas organizaciones. Cientos de sindicatos autodenominados independientes han conseguido su registro, sin que ello garantice una mayor democratización sindical, máxime que alguno de ellos, como la CATEM son derivaciones de sindicatos corporativos, como la CTM, o bien sindicatos pragmáticos surgidos por la efervescencia sindical, pero sin ningún trabajo de base. Existen casos exitosos que parecen anunciar nuevos tiempos para los trabajadores como sería el de algunas automotrices, vinculadas con el T-MEC, que han logrado la titularidad del contrato colectivo, con una base mínima de apoyo de los trabajadores, pero que tienen aún largo camino por recorrer para lograr su consolidación. Sin embargo, el reconocimiento de tantas organizaciones independientes también está conduciendo a la pulverización de la fuerza colectiva sindical. Por otro lado, la legitimación de contratos ha estado más asociada con sacudirse el dominio de sindicatos corporativos, llámese CTM , CROC, etcétera, que con el análisis detallado de los estatutos y los contratos colectivos, que impulsan las nuevas organizaciones democráticas, son estos aspectos en donde deberán evaluarse los avances en la democracia sindical. Finalmente, la recién iniciada fase de justicia laboral, incrementará los cabos sueltos, dado que la atención se concentrará en la política de conciliación que se pretende impulsar, en un país caracterizado por la contradicción entre patrones y trabajadores, y en los primeros juicios laborales que se realicen. Empero, ¿quién le dará seguimiento al más de millón de expedientes que siguen esperando justicia, y que no fueron resueltos por las juntas de conciliación? Así pues, los cabos sueltos parecen estar ocasionando fuertes golpes a los trabajadores, de los cuales quién sabe si se puedan recuperar.
Dra. Cirila Quintero Ramírez
El Colegio de la Frontera Norte