Tamaulipas: la eficiencia legal contra activistas laborales

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Opinión de Cirila Quintero Investigadora de El Colegio de la Frontera Norte

jueves 11 de junio de 2020

Tamaulipas no se ha distinguido por ser un estado que responda con prontitud a la resolución de delitos, así lo atestiguan el retardo en el esclarecimiento o sentencias de robos, asesinatos o desaparecidos en su territorio.  Por eso llama la atención lo acontecido del 8 al 10 de junio de 2020, en los que se apresó, se fijó primera audiencia y se dictó prisión precautoria a la abogada laboral Susana Prieto Terrazas. Sin duda habría que resaltar la celeridad en este caso y quizá aplaudir porque parece que se inicia una nueva legalidad que parece apuntar a la pronta sanción de los delitos. El único punto a reflexionar es que toda esta eficacia y prontitud se ejerció contra una activista laboral. La abogada fue apresada el 8 de junio a la hora de la comida, cuando se dirigía a comer con su hija y su esposo, con un exceso de autoridad, que se desearía ver con otros criminales, mediante varias camionetas con policías estatales armados.  El hecho fue grabado por ella misma (https://www.facebook.com/susana.prietoterrazas/videos/d41d8cd9/2812322375544465/). El arresto se derivó de la acusación  por parte de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje no. 6 en Matamoros Tamaulipas por la “obstrucción de instalaciones, ofensa a funcionarios públicos y motín”, en un evento del 10 de marzo del 2020.  A partir de la detención de la abogada Prieto, el proceso que se ha seguido, muestra algunos aspectos que parecer estar poco apegados a la ley, a continuación menciono algunos: primero, una aprehensión sin orden, sin haber notificado previamente a la inculpada, “porque no tiene domicilio fijo en la ciudad” cuanto están las instalaciones del Sindicato Nacional Independientes de Trabajadores Industriales  y de Servicios (SNITIS), del que es asesora y con quien mantiene una comunicación fluida.  Segundo, de acuerdo a abogados penalistas, los delitos que se le imputan, de acuerdo al nuevo código penal, no ameritan aprehensión; tercero, el traslado de la abogada para su audiencia a Ciudad Victoria, cuando el proceso se debió haber realizado en Matamoros, por ser el lugar en donde está la instancia que demandó. La explicación que se dio fue por “temor a las manifestaciones (de obreros) que dañaran al personal del juzgado, las instalaciones o a la misma inculpada” Presumir o partir de que los trabajadores, sin más armas que sus voces, llegaran a esos extremos, puede ser muy apresurado. Cuarto, una audiencia de casi 22 horas por videoconferencia, y que tuvo que extenderse porque se tuvo que llevar varios documentos físicos de Victoria a Matamoros  para ser cotejados con la Jueza que dictó la aprehensión, y luego ser regresados a Ciudad Victoria, cuando se pudo haber evitado si la diligencia se hubiese hecho en Matamoros; quinto, la resolución de que la Lic. Prieto fuera trasladada a prisión preventiva para seguir su caso “dado que no muestra arraigo domiciliario en Matamoros y pudiera no continuar con el proceso (fugarse)”, resulta una interpretación cuestionable cuando la abogada por su formación profesional conoce los delitos en que incurriría. La exposición de estos elementos, no busca exculpar a la Licenciada Prieto de delitos, sino simplemente mostrar que el proceso parece no haberse apegado del todo a lo estipulado por el nuevo código penal, y que si la abogada Prieto debe ser juzgada se haga con pleno apego a la ley y con el  respeto a sus derechos.

Ahora bien, pensar que se le juzga a la Lic. Prieto solo por el evento de la Junta de Conciliación resulta muy simplista. A pesar de que medios de comunicación y empresarios digan que es el único motivo, es evidente que detrás está la sanción también por el encabezamiento que hizo del movimiento laboral de Matamoros, en enero de 2019, que movilizó a miles de obreros y que culminó con el registro del SNITIS, que recién cumplió un año el 5 de junio, y que actualmente tiene ante la Junta Local de Conciliación, la demanda por la titularidad de contrato colectivo de poco más de treinta empresas, mismos que se estimaban desahogar en octubre de este año. La conferencia de prensa del Fiscal de Tamaulipas, realizada el 10 de junio, evidencia que en este juicio están saliendo otros cargos de la licenciada Prieto, de acuerdo al fiscal: “hay otros procesos que tiene abiertos la Licenciada en otros Estados”. No lo dijo  pero se refiere a los casos de Ciudad Juárez,  Chihuahua, en donde están abierto varios casos por sus movilizaciones en varias maquiladoras. Entonces parecería que el caso está desbordando con mucho a la demanda inicial. 

La aprehensión de Susana Prieto en estos momentos es bastante simbólica, dado que ha sido de las pocas personas, sobretodo en Juárez, que se han confrontado a las maquiladoras exigiendo la no reapertura dado el contagio de COVID-19 que persiste en la ciudad, y debido a las muertes que se han registrado de obreros en esta localidad. El resurgimiento de movilizaciones obreras, exhortadas por ella, como las marchas de trabajadores en Juárez y Matamoros, el pasado 18 de mayo, demandando a las autoridades la no reapertura de plantas para proteger a los trabajadores, a pesar de que algunas ya había reiniciado actividades ese día; además de la planeación de distintos eventos laborales con trabajadores de Reynosa en los próximos días, avizoraban problemas laborales para un sector industrial que le urge abrir dado las exigencias de Estados Unidos. La aprehensión en ese sentido, buscaría frenar estas expresiones obreras. Las desarticuladas movilizaciones vistas el día de la aprehensión de la licenciada Prieto parecían mostrar que así sería, sin embargo, las acciones realizadas por los obreros el 9 de junio muestran que la protesta obrera no debe ser subestimada. Esta fortaleza obrera fue más evidente el día 10 de junio, día de la sentencia a prisión preventiva de la licenciada Prieto, en donde dos contingentes obreros de Matamoros, saliendo de la Ciudad Industrial y el Parque Industrial de esta ciudad confluyeron en una manifestación nutrida en la Plaza principal de Matamoros para exigir su liberación. Esta fue una de las escasas veces en la que los obreros matamorenses se han auto-organizado, algo poco visualizado dado el protagonismo de la Licenciada Prieto, pero que muestra la persistencia de una memoria de protesta que arranca desde la segunda década del siglo XX, así como la experiencia ganada en el 2019.

Si bien, las movilizaciones obreras representan una alternativa promisoria para el mejoramiento laboral, también persiste en Tamaulipas la recurrencia gubernamental al control y el castigo a las manifestaciones obreras. El día 9 de junio de 2020, el alcalde de Matamoros expresó su no tolerancia de desmanes o afectaciones a instalaciones públicas o privadas. La interpretación de que lo que se consideré desmán o exceso es muy ambiguo, y así lo han asumido los trabajadores, que en su marcha del 10 de junio, enfatizaron el no caer en provocaciones. Así pues, la aprehensión de la dirigente en esta misma tierra, también puede evidenciar la recurrencia a viejas estrategias, con ropajes legales nuevos, para controlar a los movimientos laborales, y es que en la aprehensión de Susana Prieto, uno no puede dejar de encontrar muchos paralelismos con la aprehensión y encarcelamiento de Agapito González en 1992, durante el Gobierno de Carlos Salinas de Gortari, también por defender a obreros y negarse a entrar a la Nueva Cultura Laboral. En ese entonces, la presión obrera fue esencial para su liberación, ¿lo será ahora para la liberación de la abogada Susana Prieto?. El desenlace del proceso habrá de ser seguido muy de cerca porque también puede ser un ejemplo, de cómo se aplicará la ley en materia laboral en el TMEC que está por implementarse.

Dra. Cirila Quintero

El Colegio de la Frontera Norte